Dirección de Acceso a la Información Pública

Canaliza las solicitudes de información pública requeridas por toda persona interesada en obtenerla, orienta y asiste al solicitante.

 

Procedimiento para solicitar información pública

En cumplimiento de la Ley 5282/14 y dentro del marco del Plan Estratégico institucional del Dr Emiliano Rolón Fernández, el Ministerio Público cuenta con una Dirección de Transparencia y Acceso a la Información, acorde a la reglamentación del procedimiento de acceso ciudadano a la información pública.

 

Forma de presentación
Toda persona interesada en acceder a información pública, deberá presentar una solicitud ante la Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ministerio Público, personalmente, por correo electrónico a la dirección de oaip@ministeriopúblico.gov.py, por escrito, de forma verbal, para lo cual se extenderá un acta. 


Datos requeridos
•     Identificación del solicitante.
•     Domicilio real.
•     Descripción clara y precisa de la información pública requerida
•     Formato o soporte preferido de entrega de la información al requirente.

 

Plazos
El Ministerio Público, como fuente pública, debe responder dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación.


El derecho a la información pública
•     Transparenta la gestión pública
•     Fortalece la relación de confianza entre gobernantes y gobernados.
•     Estimula la eficiencia y efectividad de las administraciones.

El derecho de acceso a la información pública posibilita el ejercicio de otros derechos que permiten un mejor funcionamiento del sistema democrático.

 

LEY 5282/14 
Aspectos Resaltantes:
•     El solicitante no tiene la obligación de justificar las razones por las cuales realiza su pedido.
•     La gratuidad de la información.
•     Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público la información mínima detallada en la ley. 

 

La Dirección de Acceso a la Información Pública del Ministerio Público constituye una herramienta esencial para facilitar a cualquier persona la identificación y el acceso a la información pública acopiada, almacenada o administrada por esta institución..

 

Ley 5189/14 / Ley 5282/14