El Art. 133, del Código Penal Paraguayo determina que, 1°) El que con fines sexuales hostigara a otra persona, abusando de la autoridad o influencia que le confieren sus funciones, será castigado con pena de libertad de hasta dos años. 2°) En estos casos se aplicará lo dispuesto en el artículo 59.- 3°) La persecución penal dependerá de la instancia de la víctima”.

Año 2023

 

2023: 171 causas por Acoso Sexual se registraron hasta Diciembre

 

Los datos abiertos del Ministerio Público, correspondientes hasta Diciembre del 2023, reflejan que en total hubo 171 causas abiertas por Acoso Sexual. 

 

La mayor tasa de casos con respecto a dicho hecho punible se dio en Central con 52 causas, seguido por Asunción que registró 34 causas, además, San Pedro 15, Caaguazú 13, Itapúa 10, Cordillera 9, Concepción 9, Alto Paraná 8, Boquerón 4, Canindeyú 4, Misiones 3, Paraguarí 3, Ñeembucú 2, Guairá 2, Presidente Hayes 1, Caazapá 1, y Amambay 1. 

 

Igualmente, en Enero se dieron 10 casos, en Febrero 8, Marzo registró 16 casos, Abril tuvo 8, Mayo 14, Junio 14, Julio 18, Agosto 16, Septiembre 14, Octubre 12, Noviembre  27 y Diciembre 14.

 

La Organización Mundial de la Salud define como Violencia Sexual la tentativa de consumar un acto sexual, comentarios o insinuaciones sexuales no deseados. Mientras que el Código Penal Paraguayo establece claramente que se configura cuando el que con fines sexuales hostigara a otra persona abusando de la autoridad o influencia que le confieren sus funciones.